La Asamblea Nacional Revisora de la Constitución aprobó la representación para los dominicanos en el exterior:
Artículo 69. Representación y composición indica que la Cámara de Diputados estará compuesta de la siguiente manera:
Artículo 69. Representación y composición indica que la Cámara de Diputados estará compuesta de la siguiente manera:
3) Siete diputados o diputadas elegidos en representación de los dominicanos en el exterior. La ley determinará su forma de elección y distribución.
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